La Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), dejó sin efecto la Resolución Administrativa Nº UIF/58/2024 que disponía el registro de las actividades con criptomonedas para proveedores. Las personas naturales o empresas (personas jurídicas) que realizan para sí o en nombre de otras operaciones como proveedores de servicios y operaciones con criptomonedas, debían registrarse y se debía reportar las operaciones sospechosas a esa... + Leer noticia completa
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