Las personas naturales o empresas (personas jurídicas) que realizan para sí o en nombre de otras operaciones como proveedores de servicios y operaciones con criptomonedas, deberán registrarse y reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF).La UIF aprobó el 4 de diciembre la Resolución Administrativa Nº UIF/58/2024 que establece los mecanismos de regulación en este ámbito.Mediante esta resolución la... + Leer noticia completa
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