Whatsapp Tweet Share Email La Ley N° 1990, de 28 de agosto de 1999, Ley General de Aduanas, define al Contrabando como una actividad ilícita que consiste en introducir o extraer mercancías a territorio aduanero nacional en forma clandestina o por rutas u horarios no habilitados, eludiendo el control aduanero, sin la documentación legal, realizar transbordo de mercancías sin autorización previa de la Administración Tributaria, la tenencia... + Leer noticia completa
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