El Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (INTT) informa a los conductores que todos los vehículos deben portar sus placas identificadoras de forma obligatoria.
A través de sus redes, el INTT informó que "los vehículos deben portar sus Placas Identificadoras de manera obligatoria; de lo contrario, podrían enfrentarse a multas de hasta 5 unidades tributarias, conforme a lo establecido en el Artículo 170 de la Ley, numeral 1".
Asimismo, explica que las causas que son motivos de sanción son las siguientes:
- Circular sin placas identificadoras o con las placas que no correspondan al vehículo, o con diseños distintos a los establecidos por la autoridad competente.
- Usar en los lugares destinados para la colocación de las placas identificadoras, quedando prohibido el uso de porta placas o acrílicos que dificulten la visualización de la identificación del vehículo.
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