Jueces por la ventana
El nombramiento por decreto de dos integrantes de la Corte Suprema de Justicia, un horror jurídico y un grave retroceso institucional para nuestro país, fue convalidado esta semana por el máximo tribunal, que tomó juramento a uno de ellos y podría hacer lo propio este martes con el otro, en medio de una preocupante pasividad opositora.
En momentos en que la imagen y credibilidad del presidente Javier Milei son afectadas por el escándalo cripto, su estrategia pareciera ser la de generar una espiral de acciones que demuestren fortaleza y le permitan retomar el control de la agenda pública, incluso si para ello debe tensionar al extremo las instituciones democráticas.
La jura exprés de Manuel García Mansilla fue una tácita admisión de lo irregular de la maniobra: sin periodistas, sin invitados de jerarquía por fuera de los otros tres integrantes de la Corte, se limitó a un breve acto administrativo difundido por Casa Rosada en redes sociales. Una muestra más de la alergia al escrutinio público de la actual administración.
La mayoría de los constitucionalistas más destacados del país rechazaron el artilugio jurídico, por varios motivos.
En primer lugar, porque la constitución autoriza la cobertura de vacantes “en comisión” sólo si se produjeron durante el receso legislativo. Highton de Nolasco está ausente desde 2021 y Maqueda se jubiló en diciembre. Además, el tema fue parte de las sesiones extraordinarias de febrero, pero el Senado no pudo votar los nombramientos, ya que García Mansilla no logró las firmas en comisión para que su pliego fuera al plenario y el de Ariel Lijo, que sí tenía dictamen favorable, nunca fue tratado porque el oficialismo no logró los dos tercios de los presentes necesarios.
El nombramiento “en comisión” fue pensado para el siglo pasado, cuando el Congreso estaba en receso 6 meses al año y la dificultad en el transporte complicaba la presencia de legisladores. De hecho, la mayoría de los antecedentes brindados en la argumentación oficial fueron de esas épocas y los pocos recientes, como el de Mauricio Macri, nunca se concretaron, ya que el expresidente tuvo que retirar las designaciones y enviar las candidaturas al Senado, ante la fuerte presión política y social.
Un dato que se saltea el oficialismo es que la reforma constitucional de 1994 fijó la mayoría agravada de dos tercios del Senado para obligar al Ejecutivo y al Legislativo a buscar consensos amplios al nombrar jueces federales, en especial los de la Corte Suprema. Es tramposo el argumento de decir “como no aprobaban los jueces que eligió el Ejecutivo, no tuvo más remedio que nombrarlos por decreto”.
Por el contrario, la legislación establece varias instancias de diálogo: la presentación del pliego, las impugnaciones, las audiencias en el Congreso y el tratamiento en comisión, antes del voto en el recinto.
Esos filtros buscan que no se impongan decisiones apresuradas y caprichosas. Si el Ejecutivo no logra consenso para sus candidatos, pues debe buscar otros, no imponerlos mediante un subterfugio legal.
Además, la decisión de García Mansilla de jurar el cargo cuando hace apenas meses decía en la audiencia que él “no hubiera aceptado” ser designado por decreto es un golpe fatal a su credibilidad como juez.
La “urgencia” tampoco es argumento. Es una provocación designar a Lijo y García Mansilla tres días antes de las sesiones ordinarias, que generará la reacción del Congreso. Si éste rechaza los nombramientos habrá un conflicto de poderes que se extenderá al máximo tribunal, que tendría que definir sobre la constitucionalidad de la medida.
Si la convalida, sienta un precedente para que, a partir de ahora, el presidente pueda saltarse al Congreso y nombrar jueces o legislar sobre temas que requieren mayorías agravadas a su capricho, aprovechando el receso. Y abre la puerta al cuestionamiento de sus fallos, generando inseguridad jurídica a ciudadanos e inversores.
No es una medida aislada. Milei arranca el año legislativo sin Ley de Presupuesto, con jueces de la Corte ingresados por la ventana y amenazas de intervenir provincias autónomas, un retroceso institucional grave y una deriva autoritaria que no debiera ser aceptada pasivamente por las fuerzas de la oposición y por los jueces que dicen custodiar la integridad de la República.
El nombramiento por decreto de dos integrantes de la Corte Suprema de Justicia, un horror jurídico y un grave retroceso institucional para nuestro país, fue convalidado esta semana por el máximo tribunal, que tomó juramento a uno de ellos y podría hacer lo propio este martes con el otro, en medio de una preocupante pasividad opositora.
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