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Juez amplía el plazo para el cierre definitivo de diques Laguna Pampa hasta febrero

La Paz, 15 de noviembre de 2024 (ANF).- El asesor jurídico de la Comisión de Turismo del Concejo Municipal de Potosí, Camilo Vera, informó que la Sala Constitucional Primera determinó ampliar el cierre definitivo de los diques Laguna Pampa I y II de la Asociación de Ingenios Mineros hasta febrero debido a que bloqueos y la falta de combustible interfirieron en ese proceso.

“Nos han notificado hoy en relación con la ampliación del plazo de la Asociación de Ingenios, ya estaba por concluir el plazo (del cierre definitivo de los dos ingenios), sin embargo, la Asociación de Ingenios ha presentado un memorial argumentando que a consecuencia de los bloqueos y la falta de combustible ellos no pueden trabajar; hemos respondido, sin embargo, el juez ha determinado darles un plazo ampliatorio hasta febrero de 2025”, dijo a ANF el abogado Vera.

La Asociación de Ingenios Mineros de Potosí presentó un memorial ante la Sala Constitucional para argumentar la imposibilidad del cierre definitivo de los dos diques de cola y realizar la rehabilitación del área debido a la escasez de diésel, el bloqueo de carreteras y cambio climático.

“Sobre el primer punto, la Asociación de Ingenios sabía del cumplimiento de la Resolución y Sentencia, máxime cuando sus autoridades dieron un plazo extraordinario al ya establecido de un año, pero al estilo de ganar tiempo, quieren a último momento justificar la falta de carburantes, cuando ya se debió prever”, señala parte de la nota presentada a la Sala Constitucional por parte de los accionantes.

Sobre el argumento de que los bloqueos no permitieron concluir el cierre definitivo de los ingenios, los accionantes señalaron que estos duraron aproximadamente 22 días y el cumplimiento de la sentencia del cierre viene de 18 meses antes, por lo que “no es argumento sólido para liberarse de la responsabilidad objetiva”.

Y sobre el Cambio Climático, señalaron, “no hemos vivido torrenciales lluvias para que modifiquen el cierre ambiental, por lo que reiteramos que hace más de un año y medio debieron cumplir la resolución”.

Al haber incumplido con el cierre de los diques de colas Laguna Pampa I y II hasta el 29 de junio, la Asociación de Ingenios Mineros fue sancionada con 25.000 bolivianos, y si es que, en cuatro meses, de ampliación que se les dio, no cierra ese pasivo ambiental, se aplicará una multa por día de retraso.

Vera recordó que la licencia ambiental establecía que hasta noviembre de 2017 debía cerrarse los diques de colas, pero luego de cinco años presentaron una acción popular y el tribunal de garantías determinó el cierre y encapsulamiento de Laguna Pampa I y II para evitar la contaminación minera en Cantumarca.

Los pobladores de Cantumarca atribuyen la contaminación de plomo en sangre de sus habitantes al funcionamiento descuidado y al margen de las normas de ambos diques operados por la Asociación de Ingenios, por lo que exigen el cierre definitivo.

La Sala Penal señaló al respecto que se ha evidenciado que Potosí, y en especial la ciudad, ha sido afectada por el bloqueo de caminos y viene atravesando desde hace varios meses hasta la actualidad la escasez en la venta de diésel, advierte que estos hechos constituyen casos de fuerza mayor que han perjudicado a varios sectores de la población.

La Sala concluye que esta situación “también han perjudicado en el avance de las obras que debía efectuar la Asociación de Ingenios Mineros de Potosí en los diques Laguna Pampa I y II, a efectos del cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional y lo dispuesto por esta Sala”.

Indica que más allá de que la parte demandada no cumplió en el plazo de un año con el cierre definitivo de los diques de colas referidos, corresponde al presente velar porque la Asociación de Ingenios Mineros de Potosí cumpla efectivamente en su totalidad la Resolución Constitucional 042/2023 de 29 de junio y la SCP No. 1064/2023-S3 de 26 de septiembre, siempre dentro del marco de la realidad que se está atravesando en nuestro país, “disponiéndose en consecuencia que dicho cumplimiento se efectivice máximo hasta el 28 de febrero de 2025 impostergablemente, fecha que se está señalando tomando en cuenta los casos de fuerza mayor acreditados”.

Fuente: ANF 

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