Por qué no se puede modificar la Ley Orgánica de la Policía

Correo del Sur Opinión 01 de julio de 2021

thumbnailLas Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana, por mandato de la Constitución, son las dos únicas instituciones autorizadas para utilizar armas, como parte de sus funciones: la primera, letales, y la segunda con fines de persuasión, amedrentamiento y de lucha contra el crimen común u organizado. Ambas están previstas en la Constitución, rigiendo su administración, organización y vida institucional sus propias leyes orgánicas, que además... + Leer noticia completa



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