Estos objetos, utilizados para reservar espacios de forma exclusiva para clientes o para el cobro de propinas por parte de terceros, carecen de validez legal y vulneran el derecho constitucional a la movilidad en bienes de dominio público.Hay locales y establecimientos que utilizan conos naranjas y pendones para exigir a carros y motos no estacionarse en el frente. Lo que muchos no saben es que la Ley de Transporte Terrestre establece que... + Leer noticia completa
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