Indulto sí, pero indulto “judicial”

La Tercera Opinión 18 de marzo de 2026

El reciente debate sobre indultos presidenciales nos permite examinar esta facultad del Ejecutivo y la conveniencia de circunscribir la remisión o conmutación de penas solo por motivos humanitarios, preservando así la independencia judicial.El indulto particular es una potestad del jefe de Estado para perdonar total o parcialmente una pena establecida por un fallo judicial. A diferencia de la amnistía, no borra el delito ni sus efectos... + Leer noticia completa





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