La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que el límite de hasta dos progenitores (padres o madres de una persona) establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación es constitucional, por lo que revocó la sentencia de la Cámara Nacional en lo Civil que había admitido la triple filiación (dos padres y una madre) de un niño. El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores. suscribirse ya estoy suscripto... + Leer noticia completa
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