La Justicia rionegrina ratificó el mecanismo de reintegro del Ipross, cuestionado por una afiliada en un amparo que habilitó un juez, que ordenó a la obra social que cumpla con un depósito mensual para la cobertura pretendida. El Superior Tribunal de Justicia revocó esa resolución porque entendió el magistrado que “se inmiscuye en las facultades propias del accionar administrativo”. Argumentó que la “organización del Ipross y su... + Leer noticia completa
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