Un fallo reciente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Villa María reafirmó un criterio ya contemplado en la legislación: la obligación alimentaria de los padres puede extenderse más allá de los 21 años cuando el hijo continúa estudiando y no puede mantenerse por sus propios medios. El caso fue impulsado por un padre que solicitó judicialmente el cese del pago de la cuota... + Leer noticia completa
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