El incremento salarial dispuesto para la presente gestión y retroactivo a enero deberá ser pagado, de manera impostergable, hasta el 31 de mayo, afirmó el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social a través de un comunicado. Esta determinación está contenida en la Resolución Ministerial 752/23, emitida en las últimas horas, donde además recordó que las y los trabajadores del país no podrán percibir un salario básico inferior... + Leer noticia completa
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