El pago del incremento salarial retroactivo a enero debe cancelarse hasta el próximo 31 de mayo, impostergablemente, según la Resolución Ministerial 752/23 emitida este jueves por el Ministerio de Trabajo. Además, ningún trabajador del país podrá percibir un salario básico inferior al Salario Mínimo Nacional que asciende a Bs 2.362. La resolución aclara que el incremento salarial rige para el sector privado en todas las modalidades de... + Leer noticia completa
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