Según la Ley del Órgano Electoral, la iniciativa popular aplica para todas las autoridades electas por voto popular, titulares y suplentes, a nivel nacional, departamental, regional o municipal, salvo las del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). El Tribunal Supremo Electoral (TSE) puntualizó que la revocatoria de mandato como el mecanismo constitucional a través del cual la ciudadanía, mediante sufragio,... + Leer noticia completa
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