La Constitución Política del Estado establece en el Art. 384 que “El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado natural no es estupefaciente. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley”. La Ley General de la Coca Nº 906, de 8 de marzo de 2017 es... + Leer noticia completa
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