Es un hecho indiscutible el derecho de los trabajadores (empleados) a organizarse en sindicatos. Así está reconocido por la legislación internacional, como el convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre la libertad y la protección del derecho de sindicalización, entre otros. En lo interno, tanto la Constitución Política del Estado como la legislación laboral, también reconocen el derecho de... + Leer noticia completa
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