Meses atrás, el Órgano Ejecutivo (OE) realizó el “proyecto de Ley para ampliar el alcance del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la prestación de servicios digitales”, que pretendía modificar la Ley 843. Su Art. 2.VI señalaba que “los sujetos pasivos del impuesto que presten servicios digitales (…) se empadronarán en el Servicio de Impuestos Nacionales y liquidarán el impuesto por períodos bimestrales”. Cuando ese proyecto fue... + Leer noticia completa
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