El artículo 384 de la Constitución Política del Estado establece: “El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado natural no es estupefaciente. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley”. Por tanto, la coca originaria y ancestral solo se encuentra... + Leer noticia completa
La Constitución Política del Estado establece en el Artículo 384 que “El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado natural no es... + más
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