El Pacto de San José de Costa Rica, en su Art. 3. Pto, 2.: “Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad”. La Constitución Boliviana, en su Art. 116. I: “Se garantiza la presunción de inocencia”. El Código de Procedimiento Penal: “Todo imputado será considerado inocente y tratado como tal en todo momento, mientras no se declare su culpabilidad en... + Leer noticia completa
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