El lavado de activos se constituye un delito transnacional que consiste en todas aquellas conductas de aparente legalidad, pero de origen ilícito. Como Estado nos adherimos desde 1945 hasta el 2001 a cinco Convenciones Internacionales antilavado, y cuando menos desde la ley 004 (2010) cinco leyes y siete decretos supremos buscan combatir delitos de corrupción y financiamiento al terrorismo; tipificando sanciones para: quienes transformen o... + Leer noticia completa
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