La Constitución Política del Estado establece en el Art. 225.I que “El Ministerio Público defenderá la legalidad y los intereses generales de la sociedad, y ejercerá la acción penal pública. El Ministerio Público tiene autonomía funcional, administrativa y financiera”. Sin embargo, el servidor Lanchipa como Fiscal General no defiende los intereses de la sociedad, al contrario, incumple con la Constitución y con solo un informe de... + Leer noticia completa
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