Las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana, por mandato de la Constitución, son las dos únicas instituciones autorizadas para utilizar armas, como parte de sus funciones: la primera, letales, y la segunda con fines de persuasión, amedrentamiento y de lucha contra el crimen común u organizado. Ambas están previstas en la Constitución, rigiendo su administración, organización y vida institucional sus propias leyes orgánicas, que además... + Leer noticia completa
El tratamiento y aprobación de la propuesta de Carta Orgánica de La Paz por el Concejo Municipal están sujetos al escenario político, la pandemia del covid-19 por el proceso de socialización y el presupuesto financiero asignado al Legislativo local, anticipó su presidente... + más
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