La regulación social prevalece sobre la de los agrupamientos de carácter hereditario o de creencias religiosas –aunque podría pensarse lo contrario– y prevalece también sobre los ordenamientos de lo doméstico-conyugal y en relación con las corporaciones artesanales y otras; éstas en términos generales son las soladitates y collegia. La preeminencia del derecho territorial social sólo deja lugar a la autonomía jurídica del... + Leer noticia completa
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