El artículo 7° de la Resolución Ministerial N° 001/2021, “Normas Generales para la Gestión Educativa”, establece que el Calendario Escolar debe contar con 200 días hábiles de desarrollo curricular para el nivel inicial, primario y secundario de unidades educativas fiscales, privadas y de convenido, organizado en tres trimestres bajo las modalidades de atención a distancia, semipresencial y presencial. Por consiguiente, las... + Leer noticia completa
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