La Sala Plena del TSE dispuso que dispone que las personas adultas mayores desde los 60 años queden exentas de la presentación del certificado de sufragio, certificado de impedimento o del pago de la multa correspondiente en los casos señalados en el artículo 154 de la Ley N. 026 de Régimen Electoral. Ley N. 026 establece que el certificado de sufragio es el único documento que acredita el cumplimiento de la obligación del voto. En... + Leer noticia completa
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