Página Siete Digital El calendario electoral establece, conforme al artículo 116 de la Ley de Régimen Electoral, que a partir de las cero horas del jueves iniciará el silencio electroral. Además aún existen seis actividades pendientes hasta el 7 de marzo, día que se llevará adelante el proceso de votación. La propaganda electoral se podrá realizar únicamente en los siguientes períodos: a) En actos públicos de campaña, desde... + Leer noticia completa
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